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Política

DGCP emite nuevo reglamento de peritos para compras del Estado

La normativa crea un Banco de Peritos especializado bajo la Ley 47-25 y otorga tres meses a las instituciones para adaptar sus procesos…

La Redacción··Comentar
Foto: Presidencia de la República

Santo Domingo.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció este jueves la entrada en vigencia del Reglamento Núm. DGCP-SNCP-05-2026 de Peritos en Contratación Pública. La normativa establece el marco regulatorio para la selección, designación, acreditación, desempeño y responsabilidad de los profesionales encargados de la estructuración técnica y la evaluación de ofertas en los procesos de compras del Estado.

Esta disposición da cumplimiento a la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas, con el objetivo de garantizar la objetividad, el principio de valor por dinero, la seguridad jurídica y la prevención de conflictos de interés en la administración estatal. Entre sus puntos principales, el reglamento crea el Banco de Peritos del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, un registro oficial administrado por la DGCP que agrupará a profesionales calificados en áreas técnicas, financieras y legales para apoyar a las entidades contratantes mediante personal interno o peritos externos.

El director general del órgano rector, Carlos Pimentel, afirmó que este instrumento consolidará los avances de la nueva ley y marcará un hito en la profesionalización técnica, garantizando la independencia de los informes periciales. La institución indicó que esta medida forma parte de los reglamentos, manuales y herramientas operativas diseñadas para lograr compras públicas más transparentes y eficientes.

El texto normativo, elaborado tras un proceso de consulta pública, prohíbe que autoridades administrativas o terceros alteren las conclusiones de las evaluaciones. Además, tipifica impedimentos como parentesco o vínculos laborales previos con oferentes, establece el procedimiento de recusación por parte de interesados e incorpora un régimen antisoborno y de confidencialidad sancionado bajo la Ley 41-08 de Función Pública.

La disposición contempla también un formato uniforme de informes, evaluaciones periódicas de desempeño y posibles compensaciones a servidores por funciones periciales adicionales según disponibilidad presupuestaria. Las instituciones del Estado dispondrán de tres meses para adecuar sus procedimientos internos, mientras que la DGCP emitirá los instructivos y metodologías complementarias en un plazo de 90 días hábiles.

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