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Económicas

Condenan a personas y empresas estafaron con facturas falsas DGII

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 10, 8, 6 y 5 años de reclusión y a multas de 200, 150, 50 y 50 salarios mínimos, respectivamente, a cuatro personas…

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 SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 10, 8, 6 y 5 años de reclusión y a multas de 200, 150, 50 y 50 salarios mínimos, respectivamente, a cuatro personas halladas culpables de defraudar el Estado mediante la creación de facturas falsas con valor fiscal, en perjuicio de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

La DGII identificó a los condenados como  Franklin Peguero Martínez, ex empleado de la institución; el contable Gerardo Matos Valdez, Carmen Delis Franco Pérez  e Ivonne Peguero Martínez, quienes fueron encontrados culpables de violar la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos proveniente de infracciones graves.

El tribunal acogió, además, la pretensión civil incoada por la DGII condenando a las citadas personas, y las razones sociales Gestiones Premiun JJ, CxA, y Matos Almonte Sánchez y Asociados, empresas utilizadas por estos para la comisión de los hechos, al pago de RD$ 20.0 millones como indemnización.

Estafa por RD$151 millones

 El tribunal determinó que fueron probadas y sustentadas las circunstancias en que los imputados se asociaron a los fines de estafar y defraudar el Estado Dominicano por un valor de RD$151.0 millones mediante emisión de facturas falsas con valor fiscal y, consecuentemente, incurrir en la violación a los artículos 3 literales a, b y c, 4, 5, 8 literal b, 18, 19, 21 literal b y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes de infracciones graves.

Dicho tribunal, para el presente caso, estuvo integrado por las magistradas Ingrid Soraya Fernández, presidenta en funciones; Claribel Nivar Arias, miembro y Ana Lee Florimón, suplente. En la barra acusadora actuaron el licenciado Denny Silvestre, en representación del Ministerio Público y las licenciadas María Cristina Grullón, Yokasta Joaquín y Jandreily Gregorio, representando a la DGII.

 “Esta decisión del tribunal está basada en la objetividad perseguida por la Administración Tributaria, con el fin de salvaguardar la importancia de que los contribuyentes no incurran en infracciones penales y den cumplimiento del modo establecido en el ordenamiento jurídico a las obligaciones tributarias, objetivo principal de la DGII”, declaró la entidad recaudadora en un comunicado de prensa.

OF-AM

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