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Tesorería notifica ayuntamientos inicio proceso de registros de firmas

SANTO DOMINGO.- La Tesorería Nacional notificó a los ayuntamientos, Directores de Juntas y Distritos Municipales que inició del proceso de recibimiento de los expedientes físicos de registro de firmas de las Autoridades…

La Redacción··Comentar

SANTO DOMINGO.- La Tesorería Nacional notificó a los ayuntamientos, Directores de Juntas y Distritos Municipales que inició del proceso de recibimiento de los expedientes físicos de registro de firmas de las Autoridades Municipales para el período 2020-2024 que fueron tramitados de manera digital (vía correo electrónico), debido al estado de emergencia sanitaria, imperante en el país con miras a frenar la propagación del Covid 19.

Una nota de prensa de la institución indica que para dicho proceso, se debe cumplir con los siguientes requisitos: los Alcaldes y/o Director del Distrito Municipal deben dirigirle una comunicación original en papel timbrado al Tesorero Nacional, firmada y sellada por el Alcalde o Director Municipal, solicitando el registro de su firma e indicando las cuentas bancarias que posee la institución.

También fotocopia a color del certificado de elección emitido por la Junta Central Electoral; fotocopia a color de la cédula de identidad y electoral de ambos lados, tres (3) tarjetas de firma por cada cuenta bancaria firmada en azul y sin sellar; un formulario de Cliente Vinculado por cada cuenta bancaria, firmado en azul y un formulario FACTA completo, firmado y sellado.

Mientras que, el Tesorero Municipal debe enviarle una comunicación original en papel timbrado al Tesorero Nacional firmada y sellada por el Alcalde o Director Municipal, solicitando el registro de firma del Tesorero Municipal e indicando las cuentas bancarias que posee la institución.

Asimismo, Acta de sesión original en la cual el Concejo Municipal aprueba la designación de acuerdo a lo establecido en el artículo 155 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios; fotocopia a color de la cédula de identidad y electoral de ambos lados; tres tarjetas de firmas por cada cuenta bancaria firmada en azul y sin sellar y un formulario de Cliente Vinculado por cada cuenta bancaria, también firmado en azul.

Indica que se hace necesaria la remisión de la documentación antes del lro. De agosto del 2020, debido a que dicha información será tramitada al Banco de Reservas para dar cumplimiento a las Normas de supervisión y regulación bancaria. El horario de recepción de los documentos es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. en las oficinas de la Tesorería Nacional.

wj/am

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