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CARD ve histórica sentencia declaró inconstitucionales procesos virtuales

SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) calificó de histórica la sentencia que declaró inconstitucional los procesos judiciales virtuales dispuestos por el Consejo del Poder Judicial. El…

Omar Fourment··Comentar
SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) calificó de histórica la sentencia que declaró inconstitucional los procesos judiciales virtuales dispuestos por el Consejo del Poder Judicial.
El Tribunal Constitucional acogió una instancia depositada por el CARD, en ese sentido, el 23 de abril del 2020.

El alto tribunal declaró nulas y no conforme con la Constitución varias resoluciones emitidas por el Consejo del Poder Judicial en los meses de mayo, junio y julio del 2020, con las que se dispuso las labores virtuales de la mayoría  los servicios que ofrece el Poder Judicial, alegando que dichas medidas violan o son contrarias a los artículos 4, 73, 138 y 156 de la Carta Magna.

Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, dijo que con la misma se hizo justicia y se respeta los derechos constitucionales de los abogados y todos los usuarios del sistema de justicia del país.

“Esta sentencia refuerza el estado de derecho en la República Dominicana, son la confirmación de la razón de la lucha que nuestra institución ha mantenido por más de un año por el restablecimiento de la justicia, sin embargo el Consejo del Poder Judicial se mantuvo actuando de manera abusiva, ilegal e inconstitucional, usurpando las funciones del Congreso Nacional y de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Surun Hernández.

Anunció que como institución en los próximos días estarán dando los pasos para que dicho fallo sea ejecutado y que el sistema de justicia en la República Dominicana sea restablecido de conformidad con la Ley 821 sobre Organización Judicial y así lograr el acceso de todos.

Exhortó a los órganos del sistema de justicia incluyendo el Consejo del Poder Judicial, a obedecer y acatar lo más pronto posible dicha sentencia y no continuar con la práctica dañina de emitir resoluciones ilegales e inconstitucionales en el ámbito judicial.

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