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Adoptan medidas para proteger usuarios del mercado fiduciario

SANTO DOMINGO, RD.- La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las sociedades comerciales que ofrecen servicios fiduciarios deben procurar que las partes involucradas en un fideicomiso posean toda la información…

Redacción AlMomento··Comentar

SANTO DOMINGO, RD.- La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las sociedades comerciales que ofrecen servicios fiduciarios deben procurar que las partes involucradas en un fideicomiso posean toda la información relevante respecto a esta figura, con el fin de que tomen decisiones a partir del conocimiento apropiado.

Así lo plantea la Circular SB: GSB-REG-202500005, dirigida a las fiduciarias que pertenecen a entidades de intermediación financiera (EIF), las que prestan servicios a la banca y a lasentidades financieras que ofrecen servicios fiduciarios. Estas son personas jurídicas que están bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos.

“Las fiduciarias deberán disponer y poner en posesión de sus clientes los documentos e informaciones que estos requieren para la realización de una labor efectiva de divulgación y promoción de manera previa, durante y posterior a la consecución del objeto de sus fideicomisos”, de acuerdo con la circular emitida por la SB.

De igual manera, la SB instruye a las fiduciarias para quecuenten con un personal designado y capacitado que transmitaoportunamente las informaciones relevantes para los clientes ysatisfaga sus dudas e inquietudes.

De forma específica, la circular indica que se debe proveer a todas las partes el acto constitutivo del fideicomiso vigente,debidamente instrumentado y legalizado. También, una hoja resumen que identifique los fideicomitentes, fideicomisarios y beneficiarios; los bienes y derechos de cualquier naturaleza (muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, determinados o determinables); la finalidad del fideicomiso; su plazo o condición de irrevocabilidad; los derechos y obligaciones de la fiduciaria y fideicomitente; así como cualquier otra información relevante para el mejor desarrollo de la relación contractual.

Las fiduciarias supervisadas por la SB deberán realizar esfuerzos razonables tendentes a que los desarrolladores y promotores de los fideicomisos inmobiliarios provean a los potenciales adquirientes los aspectos relevantes para la toma de decisión informada sobre la potencial adquisición.

Esta circular viene a satisfacer la necesidad de concienciar a los fideicomitentes, fideicomisarios, beneficiarios y terceros relacionados sobre el deber de transparencia que les asistedentro del marco de la prestación de servicios fiduciarios, así como los compromisos asumidos por las partes y el uso responsable de la figura del fideicomiso.

De igual manera, el espíritu de esta disposición está alineado con el compromiso de establecer y mantener las mejores prácticas sobre la protección de los derechos de los usuarios y usuarias del sistema financiero.

sp-am

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