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Sisalril prohíbe trasladar conflictos con ARS a los afiliados

La entidad fiscalizadora dispuso que los centros entreguen recibos de pago y admitan transacciones electrónicas…

La Redacción··Comentar

La Sisalril advirtió que los conflictos entre Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), prestadores y profesionales médicos deben resolverse mediante los canales contractuales e institucionales correspondientes, sin convertirlos en obstáculos para los afiliados.

La instrucción aparece en la Circular 002957, donde la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales aborda discrepancias vinculadas con tarifas, pagos a médicos, mecanismos de cobro, glosas, auditorías, autorizaciones, objeciones, reclamaciones y otros asuntos derivados de los acuerdos entre las partes. Cuando esas vías no permitan una salida, el caso podrá someterse al organismo regulador dentro de sus competencias.

La entidad indicó que esas diferencias no pueden traducirse en cargos adicionales, condicionamiento de atenciones, retención de documentos, suspensión injustificada de servicios ni otras prácticas que limiten o dificulten el acceso a las prestaciones cubiertas por el Seguro Familiar de Salud (SFS).

La disposición también exige a los PSS, tanto centros institucionales como profesionales independientes, entregar comprobantes a los afiliados por pagos realizados en servicios incluidos en el Plan Básico de Salud. Para esos cobros autorizados, la Sisalril instruyó facilitar opciones acordes con la capacidad operativa de cada prestador, como transferencias, tarjetas bancarias y otros mecanismos electrónicos.

Según la institución, el cumplimiento de estas reglas contribuye al marco de la Ley 87-01 y del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). La Superintendencia pidió coordinación permanente entre los actores del sistema para sostener la regulación en beneficio de los usuarios. También señaló que las medidas ayudan a verificar pagos y a transparentar copagos, cuotas moderadoras y demás montos procedentes por servicios recibidos.

La Sisalril recordó, además, que sigue vigente la Circular 000687, dictada el 22 de mayo de 2025, relativa a prácticas de cobros indebidos que afectan a afiliados del SFS y del Seguro de Riesgos Laborales (SRL).

Con información de El Día.

Fuentes

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