Poder Ejecutivo regula academias y ligas de béisbol con Decreto 601-26
La normativa crea el Registro Nacional del Sistema de Béisbol y establece controles de habitabilidad, educación y protección contra abusos a menores…
El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto núm. 601-26, mediante el cual aprobó el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana, informó la Presidencia de la República.
La disposición designa a la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, entidad desconcentrada del Ministerio de Deportes y Recreación, como la autoridad responsable de aplicar la regulación a través de sus Direcciones Técnica y de Regulación, según el texto legal.
La normativa instituye el Registro Nacional del Sistema de Béisbol como mecanismo obligatorio de inscripción y seguimiento para ligas, academias, equipos, jugadores, scouts, agentes, intermediarios, árbitros y entrenadores. En el béisbol profesional se supervisará el depósito de contratos y transferencias de prospectos bajo reglas mínimas de transparencia.
El reglamento fija estrictas pautas de protección para atletas menores de edad: prohíbe el sobreentrenamiento y el abandono escolar, exige autorización expresa de padres o tutores legales y sanciona prácticas engañosas o de abuso. Asimismo, obliga a las academias que brinden hospedaje y alimentación a cumplir estándares verificables de salubridad y habitabilidad.
Para las ligas recreativas, la ordenanza exige pólizas de responsabilidad civil y certificación de árbitros y entrenadores, al tiempo que faculta a los inspectores a emitir medidas preventivas y suspensivas inmediatas ante riesgos graves a la salud o derechos de los deportistas, precisó el Poder Ejecutivo.










