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Defensa de Ángel Rondón dice que la PEPCA lanza “patadas de ahogado”

SANTO DOMINGO.- El consejo de defensa de Ángel Rondón restó importancia a las “nuevas pruebas” que el Ministerio Público dice haber incorporado ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a cargo del proceso…

Ali Nuñez··Comentar

SANTO DOMINGO.-  El consejo de defensa de Ángel Rondón restó importancia a las “nuevas pruebas” que el Ministerio Público dice haber incorporado ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a cargo del proceso Odebrecht.

En una declaración de prensa los abogados  indicaron que “las patadas de ahogados” lanzadas por el Ministerio Público son una débil excusa para tratar de solapar que las declaraciones de sus testigos han sido “demolidas”.

Consideraron que llamar pruebas a actas de nacimiento, certificaciones, asambleas, contratos de obras supuestamente ficticios es una falta de seriedad y una ofensa al rigor procesal que merece el caso de parte de la Procuraduría Especializada para la Persecución de la Corrupción (PEPCA).

“La PEPCA miente y trata de manipular sin ningún rubor al indicar que se trata de acuerdos genéricos, argumento que ha sido desmontado por la defensa técnica del empresario Ángel Rondón Rijo”, indicaron.

Los juristas dijeron que se tratan de “contratos marco” ejecutados de buena fe por las partes y por ende reales y válidos, explicados con claridad por el propio Rondón frente a las magistradas que integran el tribunal.

“Una vez Odebrecht firmaba un contrato con una de las empresas o de las instituciones del Estado, me enviaban una comunicación indicando la firma de ese contrato y señalando el valor a percibir”, sostuvo Rondón.

Expresó que los montos eran cobrados “en la medida en que el Estado fuera pagando” y “no a la firma” como ha querido significar maliciosamente el Ministerio Público, faltando a la verdad.

Como un ejemplo expuso que cuando Odebrecht recibió 150 millones de dólares durante el proceso de construcción de Punta Catalina, esta le avanzó 1.5 millones dólares, que se correspondía con el 1% acordado como contraprestación por la representación comercial asumida para dicha obra.

an/am

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