Decreto 403-2026 regula datos de instituciones públicas
El Poder Ejecutivo dispuso un marco obligatorio para el intercambio seguro de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables. El MAP coordinará la gobernanza y la Ogtic operará la plataforma técnica…
Santo Domingo.– El Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 403-2026, que establece el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos de la Administración Pública, informó la Presidencia de la República este 14 de julio de 2026.
Según la disposición, el marco regula el intercambio seguro, estandarizado, trazable y oportuno de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables entre los entes y órganos gubernamentales. También establece bases para una gestión eficiente de los activos de información bajo custodia del Estado.
La Presidencia indicó que el marco busca reducir la duplicidad documental y la carga administrativa para ciudadanos, empresas y servidores públicos. El decreto también apunta a garantizar la calidad de los datos del Estado y habilitar servicios públicos digitales integrados y proactivos.
Según el decreto, el Ministerio de Administración Pública (MAP), como órgano rector del desarrollo del Gobierno Digital, deberá dictar lineamientos, normas, estándares y protocolos funcionales de interoperabilidad y gobernanza de datos. El MAP también tendrá a su cargo supervisar el cumplimiento de la disposición y coordinar el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos.
La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) asumirá la operación técnica del marco y de la Plataforma Única de Interoperabilidad, definida en el texto como infraestructura transversal prioritaria del Estado para el intercambio de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables.
El decreto dispone que los organismos públicos deberán priorizar el intercambio de información entre instituciones para evitar solicitar a ciudadanos y empresas documentos o datos que ya reposen en otra entidad estatal. Cada institución deberá registrar y mantener actualizados sus registros de datos, conservando la titularidad, responsabilidad y control sobre la información que administra.
La norma será obligatoria para órganos y entes de la Administración pública central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, así como para instituciones de la seguridad social y demás entidades estatales que administren registros, sistemas de información, plataformas, servicios digitales o mecanismos de intercambio de datos.
En materia de Registro Civil, el decreto ordena que los procesos y servicios públicos que requieran consultar, validar o verificar información de identidad se desarrollen en coordinación con la Junta Central Electoral (JCE). También dispone que la información obtenida por interoperabilidad con el Registro Civil solo podrá usarse para fines legítimos, previamente determinados y compatibles con las competencias de la institución solicitante.
El Decreto núm. 403-2026 deroga el Decreto núm. 92-22, del 8 de febrero de 2022, que establecía el Marco Nacional de Interoperabilidad Gubernamental.











