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Política

JCE elabora borrador resolución sobre las reservas de candidaturas

SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) elaboró el borrador de resolución sobre el porcentaje de las reservas de candidaturas que establece la Ley No. 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos políticos…

Ali Nuñez··Comentar

SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) elaboró el borrador de resolución sobre el porcentaje de las reservas de candidaturas que establece la Ley No. 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos políticos para las elecciones generales ordinarias de 2024.

Por disposición del Pleno se notificó sobre dicho borrador a las organizaciones políticas acreditadas ante esta institución para que hagan sus respectivas observaciones mediante Secretaría General, a más tardar el próximo lunes 8 de mayo del presente año a las doce del mediodía.

El borrador de resolución contó con el voto disidente de la miembro titular del Pleno Dolores Altagracia Fernández Sánchez.

La propuesta de resolución establece que las reservas de candidaturas que al efecto deban ser realizadas por los partidos, agrupaciones y movimientos políticos dentro del porcentaje del veinte por ciento (20%) que establece la ley, deberá ser realizada por cada nivel de elección, según se indica a continuación:

Nivel de elección Porcentaje para las reservas de candidaturas

Nivel senatorial Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones
Nivel de diputaciones Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones
Nivel de alcaldías Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones
Nivel de regidurías Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones
Nivel de directores distritales Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones
Nivel de vocalías Veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones

RESERVAS DE CANDIDATURAS A NIVEL PRESIDENCIAL

Asimismo, en cuanto a las reservas de las candidaturas del nivel presidencial, las organizaciones políticas podrán reservarse la candidatura presidencial y vicepresidencial con miras a la concertación de alianzas de conformidad con lo dispuesto por la ley.

En cuanto a los plazos para la definición y depósito de las reservas de candidaturas, dispone que las reservas de candidaturas deberán ser definidas internamente por las organizaciones políticas reconocidas, por lo menos treinta (30) días antes del inicio de la precampaña, es decir, a más tardar el 2 de junio de 2023 y presentadas mediante escrito a la Junta Central Electoral a más tardar el 17 de junio de 2023, o sea, quince (15) días antes de la apertura de la precampaña electoral.

an/am

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