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Opinión

Reglamentemos bien a Punta Catalina

Mucho se ha escrito sobre fideicomisos, de que es mala decisión usarlo para planta Catalina; hasta el Presidente dice debemos ver todas las aristas de fideicomiso y consensuarlo todo aplazando ejecución de ese contrato…

Johnny Sánchez··Comentar

Mucho se ha escrito sobre fideicomisos, de que es mala decisión usarlo para planta Catalina; hasta el Presidente dice debemos ver todas las aristas de fideicomiso y consensuarlo todo aplazando ejecución de ese contrato, porque al final del día es un contrato, no ley, y debe regularse por actual ley Fideicomiso vigente y sus reglamentos.

Voy al tema.

Todo Fideicomiso es un negocio jurídico de confianza, en inglés le llaman trust, en virtud del cual se atribuye a instituciones autorizadas operar como fiduciarios, con la titularidad dominical sobre ciertos bienes, la limitación, de carácter obligatorio, de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplimiento del fin lícito y determinado al que se destinen.

El fideicomiso implica la cesión de los derechos o la traslación del uso de los bienes a favor del fiduciario y este delega administracion a un comité técnico.

¿Dónde está el tranque?

En la discrecionalidad del Comité técnico sobre flujo efectivo, sus participantes y patrimonio valorado del fideicomiso.

¿Qué se le recomendó al Presidente?

Tener más datos. El Presidente pidió auditoria a Cámara de Cuentas, se licitó ayuda experta del exterior sobre auditorias técnicas y de factibilidad y aun así hay lagunas con el fideicomitente adherente, pues el cedente fideicomitente es el Estado y el adherente, quién?. No se define

Recomendaciones

Sugerimos estas enmiendas a consideración del Ejecutivo. #1 No podrán ser delegados fiduciarios:

a) Los delegados fiduciarios de otras instituciones fiduciarias; b) Los cónyuges, compañeros de hogar o parientes en el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los directores, administradores o comisario de la entidad fiduciaria; y las personas que ostenten cargos públicos o legislativos, tampoco.

Ahora el tema Técnico:

1. Dar al país un Flujograma de las operaciones de fideicomiso con sus respectivos mecanismos para la identificación de riesgos y controles y 2. Presentar Documentación técnica de sistemas informáticos, usuarios y operaciones donde se encuentra instalada la aplicación de fideicomiso.

Ministerio de Hacienda y sus técnicos velarán operaciones diarias como único fideicomisario, dando prioridad a ingresos, costos y gastos según esquema internacional contable bajo normas de auditorías, revisar tema de penalidades, y reintegración a 30 años del residual patrimonial  fideicomitido, cero exención a terceros, ningún adherente estará exento y tierra donde se encuentra planta debería ser comprada, no se puede expropiar sólo arrendar usando beneficios generados y tasadas a precio sin plusvalía post inversiones Estado en plantas, como raw land, precio actual.

Empezemos el debate

jpm-am

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