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OPINION: Bonao ya no es Bonao

Al final del artículo titulado “Provincia contra municipios”, publicado la pasada semana, anunciaba que demostraría cómo el municipio Bonao ha venido cambiando su nombre en función del sortilegio que sobre políticos y…

Rafael Peralta Romero··Comentar

Al final del artículo titulado “Provincia contra municipios”, publicado la pasada semana, anunciaba que demostraría cómo el municipio Bonao ha venido cambiando su nombre en función del sortilegio que sobre políticos y periodistas ejerce el concepto de provincia. Todos los hechos noticiosos se fechan en Monseñor Nouel.

Quizá mis colegas, los periodistas, se fundamenten en razones legales para dejar de nombrar la ciudad cabecera de la provincia Monseñor Nouel con el exclusivo nombre del jefe taíno Bonao. Conozco al menos dos leyes que se refieren a ese municipio con el nombre del arzobispo que fuera también brevemente presidente de la República, en 1912.

La Ley 91-00, mediante la cual fuera creado el distrito municipal Sabana del Puerto, menciona repetidamente el municipio Monseñor Nouel en lugar de Bonao. Cito el artículo uno: “La Sección de Sabana del Puerto, del municipio y provincia Monseñor Nouel, queda elevada a la categoría de Distrito Municipal”.

El dos insiste: “Los parajes de Jima y Palero, del municipio de Monseñor Nouel, quedan elevados a la categoría de Sección e integradas a la jurisdicción del Distrito Municipal de Sabana del Puerto”. El autor de esta legislación ha cambiado el nombre al municipio Bonao, salvo que la ley 91 del año 2000 haya sido rectificada.

Toda norma emanada del Congreso Nacional suele llevar la coletilla indicadora de que deroga toda anterior que le sea contraria. Hay que tomar en cuenta el artículo 6 de la ley 91-00 en cuanto reza que: “Esta ley modifica cualquier disposición que le sea contraria”. De modo que la ley que nombraba Bonao a ese municipio quedó derogada.

Otra muestra de nuestra particular forma de legislar, respecto de Bonao, está contenida en la ley 147-06: “Las secciones Arroyo Toro y Masipedro, del municipio Monseñor Nouel, provincia Monseñor Nouel, quedan refundidas y elevadas a la categoría de distrito municipal, con el nombre de Distrito Municipal Arroyo Toro-Masipedro”.

En su primer considerando, esta ley ubica las secciones de Arroyo Toro y Masipedro en el “municipio de Monseñor Nouel, provincia Monseñor Nouel”. La reiteración no puede ser distracción. Lo que sí puede ser es que el autor de este artículo se haya enterado tarde de que al municipio Bonao le han cambiado su vetusto nombre.

Llamar al municipio cabecera por el mismo nombre de la provincia ha sido una tendencia en nuestro país. Y fascina a los políticos, como a la honorable Gwendolen, en la comedia “La importancia de llamarse Ernesto”, de Oscar Wilde. A ella le fascinaba el nombre Ernesto por una razón: “Hay algo en ese nombre que inspira una confianza absoluta».

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JPM
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