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Política

Gobierno aprueba código de ética para regular la IA en el Estado

El decreto 787-26 prohíbe la vigilancia masiva indiscriminada y el perfilamiento criminal predictivo. Las instituciones públicas tendrán 180 días calendario para adaptarse…

La Redacción··Comentar
Foto: fuente oficial (elnuevodiario.com.do)

SANTO DOMINGO.- El Gobierno aprobó mediante el decreto 787-26 el Código de Ética de la Inteligencia Artificial para los Servicios Públicos, según reportó El Nuevo Diario en una información que también publicó N Digital. La normativa establece controles obligatorios para el uso de esa tecnología en las instituciones estatales. Además, prohíbe prácticas como la vigilancia masiva indiscriminada y el perfilamiento criminal predictivo.

La iniciativa fue impulsada por el presidente Luis Abinader a través de la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), con el acompañamiento técnico de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP). El código se alinea con estándares de la UNESCO y la OCDE, y sus disposiciones son de cumplimiento obligatorio para la administración pública centralizada y descentralizada.

Entre las prácticas prohibidas figuran la clasificación social generalizada, la identificación biométrica masiva en espacios públicos sin una orden judicial, el perfilamiento criminal predictivo sustentado en prejuicios territoriales o socioeconómicos, la automatización de sentencias penales y el uso de armas autónomas. Los organismos públicos deberán además realizar una Evaluación de Impacto Ético y de Derechos (EIED) antes de poner en funcionamiento sistemas de alto impacto, especialmente los que puedan afectar el acceso a derechos, beneficios sociales o el ejercicio de facultades sancionadoras. Estos necesitarán la aprobación del órgano de supervisión correspondiente.

El código reconoce el derecho de los ciudadanos a conocer cuándo un trámite o una decisión administrativa cuenta con el respaldo de inteligencia artificial. Contempla mecanismos para solicitar explicaciones comprensibles y requerir una revisión humana de las decisiones. También establece una protección reforzada para niños, niñas y adolescentes, y prohíbe categóricamente el uso de la inteligencia artificial para generar o distribuir contenido lesivo, abusivo o discriminatorio contra menores de edad.

En materia de soberanía digital, las instituciones públicas deberán exigir a sus proveedores garantías de trazabilidad, ciberseguridad y control soberano de los datos de los dominicanos. La disposición busca evitar la contratación de sistemas cerrados o de «caja negra» cuyos procesos no puedan ser examinados ni auditados por el Estado.

El decreto dispone la creación del Consejo Nacional de Ética de la Inteligencia Artificial, un órgano consultivo integrado por instituciones estatales y representantes no gubernamentales del Foro Multiactor de Gobierno Abierto. Entre sus funciones están facilitar la coordinación institucional y promover la participación de la academia y la sociedad civil en el seguimiento de la implementación.

Las entidades públicas tienen un plazo de 180 días calendario para adaptar sus procedimientos internos, registrar los sistemas tecnológicos que utilizan, designar a los funcionarios responsables y adoptar las medidas necesarias para cumplir con las nuevas disposiciones.

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