domingo, 4 de octubre de 2026 · Santo Domingo Crear cuentaAccederSuscríbete WhatsAppFacebookXYouTubeInstagramTikTok
AlMomento AlMomento Noticias de República Dominicana al instante
IndicadoresDólarRD$60,69▲0,24EuroRD$70,52GasolinaRD$353,10GasoilRD$270,80GLPRD$135,20Inflación5,13%RemesasUS$1.116 M▲6,7%BitcoinUS$86.618▲2,2%
Última hora Atardecer rojo cubre Santo Domingo por condiciones atmosféricas Portugal vence 2-1 a Noruega y avanza a cuartos Feria del Libro 2027 durará dos semanas en septiembre
Económicas

Fijan alza de 25 % al salario de operadores de maquinaria agrícola

El Comité Nacional de Salarios dispuso que el ingreso mínimo del sector pase de RD$22,000 a RD$27,500 mensuales tras pacto tripartito…

La Redacción··Comentar

Los trabajadores dedicados a la operación de maquinaria en el campo dominicano contarán con una subida salarial del 25 %, según determinó el Comité Nacional de Salarios (CNS) a través de la Resolución 11/2026. Con esta disposición gubernamental, la remuneración básica mensual para este oficio experimenta un incremento directo desde RD$22,000 hasta situarse en RD$27,500 en todas las provincias de la República Dominicana.

El pacto tarifario fue suscrito el 29 de septiembre luego de una deliberación celebrada el 23 de ese mes con delegaciones patronales, sindicales y estatales. El ministro de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, ponderó que el ajuste retributivo simboliza el fruto del diálogo mancomunado entre las partes y proporciona un alivio significativo a quienes efectúan labores mecanizadas indispensables para la producción agropecuaria nacional.

La medida oficial actualiza además en un 25 % los pagos correspondientes a diversas actividades mecanizadas por unidad de terreno o volumen cosechado. Entre los nuevos importes fijados por labor destaca una tarifa de RD$23.70 por cada tarea intervenida en corte de arado, mientras que los trabajos de fangueo quedaron estipulados en RD$116.53 por tarea. Asimismo, la tarea de nivelación ejecutada mediante gredar se estableció en RD$183.63. En el ámbito de la recolección, levantar cada saco de arroz o de maíz conllevará un pago de RD$16.88, en tanto que para el sorgo la tasa autorizada será de RD$8.38 por bulto.

La normativa abarca igualmente faenas como rastra, siembra, zanjeo y fumigación en los predios rurales. Para las posiciones de tractoristas auxiliares, acarreadores y guardianes de las maquinarias, el dictamen estipula la aplicación del sueldo mínimo del sector privado no sectorizado. Conforme al artículo 217 del Código de Trabajo, aquellos operarios que perciban sumas por encima de esta base preservarán su remuneración sin desmedro, obligando a los empleadores a registrar formalmente las jornadas cumplidas cada día.

Con información de N Digital.

Fuentes

0 0 votos
Article Rating
Suscribirse
Notificarme de
guest
0 Comentarios
Más antiguos
Más recientes Más votados