Napoleón Estévez defiende debido proceso en justicia penal
La máxima corte dominicana inauguró un congreso internacional con 47 juristas para evaluar las garantías constitucionales ciudadanas…
El presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez, afirmó que la preservación del debido proceso legal no persigue amparar la impunidad, sino resguardar la Carta Magna, afianzar el valor superior de la dignidad humana y sostener el auténtico propósito de la administración judicial.
La postura fue expuesta durante el acto de apertura del VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional, encuentro académico que congregó a más de una treintena de tratadistas dominicanos y a diecisiete disertantes internacionales provenientes de Alemania, Estados Unidos, España, Costa Rica, Puerto Rico, Argentina, Colombia y Perú. La jornada centró sus debates en el debido proceso constitucional en materia penal como columna medular del Estado de derecho.
El magistrado presidente sostuvo que la persecución del crimen, el orden público y la celeridad judicial jamás deben materializarse mediante el menoscabo de las prerrogativas ciudadanas. Para fundamentar este postulado, evocó planteamientos del jurista italiano Luigi Ferrajoli relativos a que las garantías sustantivas configuran límites y condiciones indispensables frente a la potestad punitiva estatal.
En el marco legal de la República Dominicana, Estévez vinculó estas salvaguardas con el artículo 69 de la Constitución, relativo a la tutela judicial efectiva, así como con el artículo 40, que garantiza la libertad individual e impone que cualquier privación de libertad sea de carácter estrictamente excepcional, proporcional y sujeta a fiscalización judicial. Al mismo tiempo, instó a dar respuesta a problemas contemporáneos como la dilación procesal, el populismo punitivo, la delincuencia organizada y la inserción tecnológica de la inteligencia artificial.
El titular de la alta corte resaltó que durante el año 2024 la jurisprudencia constitucional marcó pautas determinantes en la revisión de solicitudes de hábeas corpus, la imposición de límites al Ministerio Público sobre la reserva de carpetas de investigación, la notificación de resoluciones y la intervención letrada en la producción de pruebas.
Con información de El Día.






