CARD califica de «atentado» el artículo 310 del Código Penal
SANTO DOMINGO.– El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Potentini, rechazó la nueva redacción del artículo 310 del proyecto de Código Penal, al considerar que constituye una…
SANTO DOMINGO.– El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Potentini, rechazó la nueva redacción del artículo 310 del proyecto de Código Penal, al considerar que constituye una amenaza al ejercicio de la abogacía, al derecho de defensa y a las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
Potentini calificó la disposición como “abiertamente inconstitucional, ilegal e inaceptable”, al sostener que el denominado delito de ultraje en el ámbito jurisdiccional introduce conceptos ambiguos que podrían criminalizar actuaciones inherentes al ejercicio profesional de los abogados.
El artículo 310, aprobado por la Cámara de Diputados, establece sanciones de entre 15 días y un año de prisión, además de multas, para quienes emitan expresiones ofensivas, intimidatorias o amenazantes contra jueces, fiscales, alguaciles, secretarios judiciales, intérpretes o peritos, cuando dichas actuaciones afecten la dignidad de la función judicial o alteren el desarrollo de un proceso.
El presidente del CARD advirtió que la disposición amplía considerablemente el alcance de la figura penal al incluir expresiones verbales, escritos, mensajes electrónicos, gestos y otras actuaciones relacionadas con procesos judiciales, incluso fuera de las salas de audiencia.
VE VULNERA PRINCIPIOS
A juicio del gremio, la norma vulnera principios como la legalidad penal, la seguridad jurídica, la libertad de expresión y el derecho de defensa, al crear un tipo penal susceptible de interpretaciones arbitrarias.
Asimismo, Potentini afirmó que el artículo podría generar un efecto inhibidor sobre mecanismos procesales legítimos, como recusaciones, incidentes, objeciones e impugnaciones, ante el temor de que sean interpretados como actos constitutivos de ultraje.
El dirigente gremial sostuvo que la disposición contraviene diversos artículos de la Constitución dominicana, así como estándares internacionales en materia de derechos humanos y precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El Colegio de Abogados calificó la pieza legislativa como un “Frankenstein legislativo” y lamentó que las observaciones presentadas por el gremio y otros sectores especializados no fueran incorporadas durante el proceso de discusión en el Congreso Nacional.
ANUNCIA EMPRENDERÀN ACCIONES
Como respuesta, el CARD informó que fue declarado en sesión permanente y anunció la convocatoria de su Junta Directiva Nacional, presidentes seccionales y expresidentes, con el propósito de coordinar una estrategia de defensa institucional.
Entre las medidas anunciadas figuran la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, jornadas nacionales de orientación jurídica, gestiones ante el Senado de la República y movilizaciones pacíficas en defensa del derecho de defensa y del Estado de derecho.
Finalmente, Potentini exhortó al presidente Luis Abinader a revisar el contenido de la reforma, a fin de evitar que esta disposición impacte negativamente el proceso de modernización institucional impulsado por el Gobierno.
of-am









Ese aftículo 310 y las audiencias virtuales más la propuesta de eliminar la formalidad y solemnidad de la imagen y la vestimenta
de los profesionales del derecho, durante las audiencias y el ejercicio de su profesión, debido al CALOR; tienen un solo nombre: LA DESTRUCCION DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO A TODAS COSTAS🙏
Todo lo que dice ese artículo, en palabras simples es que los abogados deben ser respetuosos y no tomar un poder que no tienen para humillar tanto al superior (jueces), como a los que ellos consideran inferiores como son los alguaciles entre otros. Estoy de acuerdo con ese artículo, porque hace que el abogado actúe con profesionalidad y no crearse un jefe que el no es, con su complejo de superioridad de poder.
Un ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO, no implica que solo vale el derecho de quien hable, sino también el de los demás. Es mas, la misma constitución defiende el derecho de la mayoría sobre el de un solo individuo. Y en eso cae el caos del transito, la difamación de los comunicadores digitales, y el alto ruido. Hacer que se cumplan la ley, y mantener el orden conforme a ella, no es dictadura, es obediencia a lo que exige la ley, civilización
Hay que derrogar, eliminar artículo 10 del proyecto de ley del código penal y punto.
No hay que añadir más
El código penal puede ser eliminado por el tribunal constitucional por el artículo 310 y punto
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Ese código parece que fue formulados por enemigos del nosotros los dominicanos y quieren implantar una dictadura ,aquí va haber candela.
Eso es asi:: Leyes dura para esto ab usadores oportunista «abogado de defen sa ,en favor de los «corruptos, delin cuen tes, ty ladron es que hurtan y se roban el «din ero del pueblo;, y no pueden probarselo, porque no nhay una «ley que les conden es», y es ese el motivo, de que eso abogados busca vida,estan gritando, para que no se apruebe, el articulo#310,del codigo Penal»‘, pues ahi esta’ aprobado, ,les pique, o no le pique, ahi esta’ aprobado,
Correcto! la inconstitucionalidad de ese articulo lacera el debido proceso, los verdaderos ultrajes los cometen las propias autoridades.
Estas maIditas ongs, y los políticos que le cogeen dinero, han llenado el código de basura y porquería…Es destruir este País que quieren